1.9.08


Protocolo religioso

En mi viaje por EE UU, estuve en Nueva York y fui a misa a la catedral católica: San Patricio. Pues bien, en el folleto que te dan, o que encuentras en el banco, para seguir los cánticos, te dan las normas sobre quién puede comulgar; normas que yo desconocía por completo; pensaba que sólo podíamos comulgar bajo el rito católico los que profesamos esta religión.

Las transcribo, por si le interesan a alguien, por ser cristiano o por simple curiosidad:

Normas para la recepción de la Eucaristía
Para católicos

Los católicos participamos plenamente en la celebración de la Eucaristía cuando recibimos la Sagrada Comunión. Se os anima a recibirla frecuentemente y con devoción. Para estar debidamente preparado para recibir la Eucaristía, los fieles no deben haber cometido pecado grave y deben haber ayunado durante una hora antes de comulgar. Quien haya cometido pecado grave desde su última confesión no debe recibir el Cuerpo y la Sangre del Señor sin antes confesarse. Pueden hacerlo cuando no haya oportunidad de confesarse; en tal caso, los fieles deben ser conscientes de la obligación de hacer un acto de contrición con la intención de confesarse lo más pronto posible (Derecho Canónico, artículo 916). Se anima a los fieles a recibir el sacramento de la penitencia con frecuencia.

Para los cristianos no católicos

Debemos dar la bienvenida a todos los cristianos, como a nuestros hermanos y hermanas, a esta celebración de la Eucaristía. Rogamos para que nuestro bautismo común y el Espíritu santo nos unan unos a otros en esta eucaristía y que comiencen a disiparse las lamentables divisiones que nos separan. Siguiendo la oración del Señor "que todos sean uno" (Juan 17,21), rogamos para que se aminoren estas divisiones y finalmente desaparezcan.

Los católicos creemos que la celebración eucarística es una señal de unidad en la fe, la vida y el culto.<A los miembros de iglesias con lasa cuales no estamos plenamente unidos, por lo general no se los invita a comulgar. Para compartir la Eucaristía en situaciones excepcionales con cristianos no católicos se necesita obtener el permiso del obispo diocesano, según lo indicado en el artículo 844, 4 del Derecho Canónico. Les instamos a los miembros de las iglesias ortodoxas, de la Iglesia Asiria de Oriente y de la Iglesia Nacional Católica Polaca a que respeten las normas de sus propias iglesias. Según la Norma Católica Romana, el Derecho Canónico no prohíbe la recepción de la Comunión por cristianos de estas iglesias (Código canónico, artículo 844, 3).

Para las personas que no comulgan

A todos los que no comulgan, les invitamos a expresar en su corazón el deseo de unidad con Jesucristo y con los demás.

Para los que no son cristianos

Damos la bienvenida a todos los que no comparten nuestra fe en Jesucristo. Aún cuando no podemos invitarles a la Sagrada Comunión, pedimos sus oraciones por la paz y la unidad de la familia humana.

(c)1996, United States Catholic Conference.

Me ha parecido curioso, dentro del Protocolo religioso.

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