5.9.07


Medidas de la Bandera de España

Según el Reglamento de banderas y estandartes, guiones, insignias y distintivos, aprobado pro Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, las medidas de las banderas oficiales que cuelguen de los edificios del Estado tendrán las siguientes características:Los edificios militares y los edificios al servicio del estado izarán las banderas de los siguientes tipos, proporcionados a la altura de las edificaciones:Altura del edificio:
- Superior a 5 metros: bandera tipo 2
- Entre 10 y 25 metros: bandera tipo 3
- Inferior a 10 metros: bandera tipo 4
Las banderas tipo 1, que no se indican, suelen usarse en edificios o mástiles superiores a 40 metros.Los tipos corresponden a las siguientes medidas:
Tipo 1: 664 x 443 cm
Tipo 2: 411 x 274 cm
Tipo 3: 324 x 216 cm
Tipo 4: 150 x 100
Tipo 5: 75 x 50 cm

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