30.10.07


Proceso de elección y nombramiento del Arzobispo Castrense de España

Vacante el puesto desde hace unas semanas, está pendiente el nombramiento del nuevo titular del cargo, cuyo nombramiento lleva consigo el de General de División, a título honorífico.
El procedimiento es el siguiente:
1) El Ministerio de Asuntos Exteriores y la Nunciatura en España elaboran, de común acuerdo, una terna de candidatos.
2) La Nunciatura eleva a la Santa Sede esa relación.
3) El Papa otorga el visto bueno a la terna.
4) El Rey, de esos tres nombres, elige uno y lo comunica al Vaticano.
5) El Romano Pontífice designa al candidato elegido por el Monarca.

El nombramiento final corresponde, pues, al Papa, que además tiene las competencias para decidir en su caso el cese, como ha ocurrido con el hasta hace poco Arzobispo Castrense, Francisco Pérez González, a quien nombró titular de la diócesis de Pamplona-Tudela.
Se da la circustancia de que, entre sus cometidos, está la asistencia religiosa en las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, además de la atención a la Familia Real.

La designación del Arzobispo Castrense está regulada en los acuerdos España-Santa Sede, de 28 de julio de 1976, y en los posteriores entre la Santa Sede y el Estado Español sobre asistencia religiosa en las Fuerzas Armadas, de 7 de enero de 1979.

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