30.4.07


Consortes, ¿sí o no?

Evidentemente, partimos de una premisa: la invitación o la nota de protocolo deben reflejar si el acto es con o sin consortes. Ahora bien, ¿cuándo debemos elegir una u otra modalidad? Ese es el dilema.

Hoy, cada día más (y afortunadamente, debo añadir), los consortes de los altos cargos y personalidades invitadas a un acto institucional tienen sus propios trabajos. Por otra parte, los actos institucionales son para las instituciones y quienes los representan. Así que, para mí, la respuesta es clara, aunque no siempre sea fácil de tomar la decisión.

Mi reflexión es la siguiente:

  • Cuando se trate de un acto meramente institucional, la invitación deberá ser sin consortes.
  • Cuando el acto sea social y vespertino (una actividad de tipo cultural, como un concierto, una exposición, o similar) con consorte, o en un día festivo, la invitación podrá ser con consortes (mi recomendación personal es que lo sea).

Todo ello, si es ese el criterio de nuestro jefe, claro.


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